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El Real Decreto 39/97. Disposición
transitoria tercera. Acreditación de la formación.
Ya es un hecho que 2008 conocerá el fin de la formación de PRL
a través de centros de formación privada. A partir de ese momento
dicha titulación se podrá obtener ÚNICAMENTE cursando un
Máster Universitario en centros universitarios aún por determinar.
Se trata de una medida largo tiempo postpuesta y cuya decisión queda en
manos de las comunidades autónomas, que de forma progresiva han ido incorporándola
a sus universidades.
Hasta la fecha la formación para el ejercicio de la profesión de
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales ha sido regulada
por el Ministerio de Trabajo, que en los artículos 36 y 37 del RD 39/97,
autoriza a entidades privadas de formación para acreditar a sus alumnos
una vez superada la evaluación sobre un programa basado en los contenidos
establecidos por el propio Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (los anexos
V y VI).
En lo sucesivo, los alumnos que quieran obtener la titulación de Técnico
Superior en PRL deberán superar un ciclo de dos años con un proyecto
final y un examen frente a un tribunal. |
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